Trámites gestoría hurtado
Notificación de Venta
Vender un vehículo implica dos trámites administrativos: la notificación de venta y el cambio de titularidad. Aunque a veces se confunden, son dos trámites independientes con diferentes objetivos.
Notifica el cambio de propiedad de tu vehículo a la DGT en caso de venta. La notificación de venta es importante para no responsabilizarte del vehículo en caso de que suceda algo, y así desvincularte legalmente de cualquier responsabilidad sobre él. El plazo para la notificación de venta es de 10 días después de firmar el contrato de compraventa. La notifiación de venta de la DGT la debe hacer el vendedor del vehículo. La notificación de venta exime al vendedor de responsabilidades administrativas y civiles a partir de la fecha de la notificación.
¿Requisitos necesarios para notificar la venta de un vehículo?
– El vehículo no puede estar de baja temporal, debe estar en situación de alta administrativa.
– El importe de circulación del vehículo del año anterior debe estar abonado.
– El vehículo debe estar libre de cargas: no puede haber multas pendientes de pago.
– El vehículo debe estar libre de cualquier reserva de dominio.
– No puede haber embargos.
Siempre que sea posible realiza un cambio de titularidad. La notificación de venta se recomienda cuando no se pueda llevar a cabo el cambio de titularidad en el momento, por cualquier motivo, y se deba entregar el vehículo. La notificación de venta protege al vendedor, mientras que el cambio de titularidad es obligatorio para que el comprador pueda circular con el vehículo..
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![Trámites [Notificación Venta]](http://gestoriahurtado.cat/wp-content/uploads/2025/03/Tramites-Notificacion-Venta.jpg)
Documentación necesaria establecida por la DGT:
º DNI vendedor / Comprador.
º Permiso de circulación del vehículo vendido.
º Solicitud de la notificación de venta del vehículo (adjuntar contrato de compraventa).