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Trámites gestoría hurtado

Cambio de Titularidad de Vehículos

Solicita el cambio de titularidad si desea transferir la propiedad de tu vehículo a otra persona, en caso de compra o venta, donación o heredación. El hecho de no registrar la propiedad del vehículo en el momento de compra o venta puede conllevar a problemas legales, multas e impuestos, problemas para obtener una póliza de seguro, no poder dar de baja el vehículo, o tener problemas en caso de accidente.

El precio puede variar según el lugar donde se realize el proceso. Existe un coste fijo correspondiente a la tasa de la DGT y otros posibles gastos adicionales, como el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), comunidad autónoma del comprador, tasas de la gestoría, etc…

El cambio de titularidad lo realiza el comprador del vehículo, y existe un plazo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa. Es recomendable obtener un informe del vehículo de la DGT para la verificación de cualquier tipo de incidencia como podrían ser: embargos, denegatorias, reservas de dominios o precintos. El vendedor por su parte, deberá realizar la notificación de venta nada más efectuar la operación de compraventa. El contrato de compraventa ha de estar firmado por cada una de las partes, comprador y vendedor y es conveniente que se incluya la hora exacta en la que se entrega el vehículo.

Pasos a realizar para solicitar un cambio de titularidad:
1. Solicitar un informe del vehículo (opcional).
2. Realizar el contrato de compra-venta.
3. Firmar los mandatos.
4. Pagar las tasas de la DGT.
5. Presentar la documentación requerida.
6. Entrega del provisional: a la espera de presentar los documentos a la DGT para la impresión del nuevo permiso de circulación con el nuevo propietario.


Documentación necesaria establecida por la DGT:

º Identificación del comprador y vendedor: Documento nacional de Identidad, NIE o pasaporte válido.
º Ficha técnica original.
º Permiso de circulación.
º Contrato de compra-venta y mandatos.
º Informe DGT (recomendado).
º Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

En caso que el comprador sea una empresa:

º Poderes de la empresa.
º CIF de la empresa.
º NIF del representante.

Requisitos previos para poder realizar la transferencia del vehículo:

1. 1. El vehículo debe estar libre de cargas y dado de alta en el registro. Antes de realizar la transferencia de un vehículo, comprobar que es transferible. En este sentido, ha de estar dado de alta y al día en el pago de impuestos locales y de sanciones, así como en el resto de sus obligaciones.
º Estar en situación de alta administrativa.
º Tener abonado el Impuesto de Circulación del año anterior.
º Estar al corriente de pagos o sanciones impuestas por infracción.
º Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio). que tuviera inscrita en el registro de Bienes Muebles.
º Estar libre de embargos y precintos.

2. 2. Pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

3. 3. Cuando el domicilio del comprador no coincida con el del NIF o NIE se tendrá que aportar el certificado de empadronamiento.

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